Intereses de Mora en Colombia: Límites y Derechos
Intereses de mora en Colombia 2026: cuánto te pueden cobrar y tus derechos
Si te atrasas en el pago de un préstamo en Colombia, la entidad financiera puede cobrar intereses de mora. Pero estos tienen límites legales que debes conocer para protegerte de cobros excesivos.
¿Qué son los intereses de mora?
Los intereses de mora son los intereses adicionales que se cobran sobre el saldo en mora cuando no pagas una cuota a tiempo. Son distintos al interés corriente que pagas normalmente como costo del crédito.
Límite legal de intereses de mora en Colombia
El Código Civil colombiano (artículo 884) establece que el interés de mora máximo es 1,5 veces la tasa de interés bancario corriente vigente. La SFC certifica esta tasa trimestralmente.
Ejemplo práctico:
- Si la tasa de interés bancario corriente para consumo está en 26% EA
- La mora máxima equivale a: 26% × 1,5 = 39% EA máximo
- La mora se aplica solo sobre el saldo vencido, no sobre todo el préstamo
Ejemplo de cálculo de intereses de mora
Supón que tienes una cuota de $200.000 y te atrasas 30 días:
- Saldo vencido: $200.000
- Tasa mora mensual máxima (~39% EA): ~2,8% mensual efectivo
- Interés de mora máximo por 30 días: $200.000 × 2,8% = $5.600
Este es el máximo legal. Muchas entidades cobran menos. Si te cobran más, puedes reclamar.
Otros cargos por mora: lo que sí y lo que no pueden hacer
| Cargo | ¿Permitido? | Límite |
|---|---|---|
| Interés de mora | Sí | Máx. 1,5x tasa corriente (Código Civil) |
| Cargo fijo por cuota en mora | Sí (si está en contrato) | Debe estar estipulado en el contrato |
| Honorarios de cobranza | Sí (cobro prejudicial) | Razonables, no desproporcionados |
| Cobrar mora sobre intereses ya causados | No | Anatocismo prohibido (Código Civil) |
Tus derechos si te cobran más de lo permitido
- Reclama directamente a la entidad por escrito, pidiendo el desglose de todos los cargos.
- Defensoría del Consumidor Financiero: cada entidad vigilada debe tener una. Es gratuita y obligatoria.
- Queja ante la SFC: en superfinanciera.gov.co para entidades vigiladas.
- SIC: para entidades no vigiladas por la SFC (cooperativas no financieras, casas de empeño, etc.).
Si ya estás en mora: qué hacer
Actúa rápido antes de que llegue a cobro jurídico:
- Llama a la entidad y solicita un acuerdo de pago o reestructuración.
- Negocia la condonación de intereses de mora a cambio de pago inmediato del capital.
- Pregunta si tienen programas de alivio (especialmente en crisis económicas, muchas entidades los activaron).
- Una reestructuración puede detener el crecimiento de la mora y mejorar tu historial en 6–12 meses.
Preguntas frecuentes sobre intereses de mora
¿Cuánto es el máximo de interés de mora en Colombia?
El máximo es 1,5 veces la tasa de interés bancario corriente vigente certificada por la SFC. Si la tasa corriente es 26% EA, la mora máxima es 39% EA.
¿Qué pasa si me cobran más mora de lo permitido?
Puedes reclamar directamente a la entidad, escalar a la Defensoría del Consumidor Financiero, o presentar queja ante la SFC. Los cobros excesivos son sancionables.
¿Los intereses de mora son lo mismo que las penalidades por pago tardío?
No. Los intereses de mora están limitados por ley. Los cargos fijos por pago tardío son adicionales y deben estar en el contrato. Solicita siempre el desglose de todos los cargos.
¿Cómo puedo salir de mora?
Comunícate con la entidad antes de cobro jurídico, solicita reestructuración o acuerdo de pago, negocia condonación de mora a cambio de pago del capital. Las entidades prefieren negociar que ir a cobro coactivo.
Aviso legal: Esta información es de carácter general y no constituye asesoría financiera. Credizen es un servicio de comparación, no un prestamista. Verifica los términos actuales directamente con las entidades. Consulta la Superintendencia Financiera de Colombia.